Home
Contacto
DIFUNDIR TUS DERECHOS ES CONCIENTIZAR:
Adherimos a la Campaña de www.lesionmedular.org
Estamos en la huella
¡Que se cumplan!
"TE INVITAMOS A UNA TARDE DE CINE DIFERENTE"
PAEMDI
Programa de Capacitación 2008.
NUEVO PROCEDIMIENTO PARA DENUNCIAS Y MULTAS CNRT (COLECTIVOS)
Libro de visitantes
 

NUEVO PROCEDIMIENTO PARA DENUNCIAS Y MULTAS CNRT (COLECTIVOS)

 

PROCEDIMIENTO SUMARISIMO DE ADMISION DE DENUNCIAS E INSTRUCCION SUMARIAL RESPECTO DE INFRACCIONES RELACIONADAS CON INCUMPLIMIENTOS DE LOS PASES DE DISCAPACIDAD. SITUACION Nº1: La persona concurre a las boleterías de las empresas de transporte sitas en la Terminal de Omnibus de Retiro o en aquellas en las que C.N.R.T. posee Delegaciones Regionales; o bien, a las dependencias que este Organismo posee en las mencionadas terminales (a opción del usuario). 1.1- Se verifica que el peticionante posea la documentación completa (documento de identidad y certificado de discapacidad). 1.2- El inspector completa el formulario de acta y la orden de pasajes con los datos del peticionante y los del viaje solicitado y extrae una copia del certificado de discapacidad, que autentica en ese acto. 1.3- Se acompaña al peticionante a la boletería de la transportista. 1.4- El peticionante solicita verbalmente el pasaje. Si el mismo le es otorgado, se archiva el formulario como control de la gestión realizada por CNRT. 1.5- En caso de respuesta negativa, el inspector entrega al personal de boletería la orden de viaje, intimando al inmediato reconocimiento de la franquicia. 1.6- En caso de allanarse a la entrega de pasajes luego de la intimación, se confecciona el acta tildando a.1). Se notifica vista de cargos, con APERCIBIMIENTO. 1.7- En caso de ofrecer pasaje para otro servicio, si esta negativa se debe a que el ómnibus se encuentra completo al momento de la solicitud; el inspector intima al personal de boletería a que imprima la lista de pasajeros del servicio solicitado por el usuario. 1.8. En caso de que la capacidad del ómnibus se encuentre completamente saturada; el inspector se dirige con el usuario a otra empresa. 1.9. En caso que la capacidad del ómnibus no se encuentre colmada o que la negativa se deba a un motivo diferente, o de persistir la negativa llana de pasajes, se confecciona el acta tildando a.2). Se notifica vista de cargos, pago voluntario PESOS UN MIL OCHENTA ($ 1080.-) 1.10- CNRT caratula el expediente, si es posible dentro de la misma dependencia que hizo la constatación; caso contrario, remite las actuaciones a GCPS. 1.11- Se remiten las actuaciones a GCPS 1.12- GCPS ingresa al sistema informático los datos del reclamante, a los efectos de notificarlo del avance del procedimiento. 1.13- GCPS realiza búsqueda de descargos en COMDOC. Si no hay descargo, se clausura la instrucción e impulsa la sanción. 1.14- Si hay pedido de vista, se concede, se aguarda el plazo de la vista y vuelven a buscarse descargos. 1.15 -Si hay descargo, se agrega el mismo al expediente y se procede a clausurar la instrucción, propiciando la máxima sanción o archivo, según el caso. TIEMPO TIPICO DE DURACION DEL TRAMITE - Expedientes sin descargo ni pedido de vista: Tiempo Típico de resolución: 15 días desde su ingreso en GCPS - Expedientes con descargo y pedido de vista: Tiempo Típico de resolución: 45 días desde su ingreso en GCPS

SITUACION Nº2 A la persona se le presenta el inconveniente en la boletería de un lugar donde no hay presencia de C.N.R.T. 2. a- Si la persona ha abonado pasaje con 48 hs. de antelación y ® en su presentación inicial no acompañó esta documentación: pasa al punto 2.a.1 ® en su presentación inicial acompañó esta documentación: pasa al punto 2.a.2 2.a.1- Se solicita a la persona que envíe copias legalizadas de certificado de discapacidad, pasaje y documento de identidad. 2.a.2.- Se intima a la empresa a devolver el importe abonado. 2.a.3- GCPS realiza búsqueda de descargos en COMDOC. 2.a.4.- Si cumple la intimación, se le corre vista. PAGO VOLUNTARIO: PESOS QUINIENTOS CUARENTA ($ 540.-). 2.a.5- Si no cumple la intimación, se le corre vista. PAGO VOLUNTARIO: PESOS UN MIL OCHENTA ($ 1080.-). 2.a.6- GCPS realiza búsqueda de descargos en COMDOC. Si no hay descargo, se clausura la instrucción e impulsa la sanción. 2.a.7- Si hay pedido de vista, se concede, se aguarda el plazo de la vista y vuelven a buscarse descargos. 2.a.8- Si hay descargo, se agrega el mismo al expediente y se procede a clausurar la instrucción, propiciando sanción o archivo, según el caso. TIEMPO TIPICO DE DURACION DEL TRAMITE. - Expedientes sin descargo ni pedido de vista: Tiempo Típico de resolución: 55 días desde su ingreso en GCPS. - Expedientes con descargo y pedido de vista: Tiempo típico de resolución: 75 días desde la recepción de la documentación en GCPS. 2.b- Si la persona no ha abonado pasaje con 48 hs. de antelación o no abonó pasajes o desistió del viaje. 2.b.1- Se capturan los datos en el sistema informático. 2.b.2- Se intima a la empresa al cese de la conducta antirreglamentaria, se informa al usuario y se le sugiere remitir certificado de discapacidad y datos de testigos, para iniciar un expediente particular. 2.b.3.a INICIACION DE EXPEDIENTE PARTICULAR: Si el usuario envía documentación, se agrega la misma y se procede a citar al testigo. 2.b.3.a.1- Recibida la declaración, si el usuario abonó pasajes, se procede según punto 2.a.2) y continúa el procedimiento desde allí. 2.b.3.a.2- Recibida la declaración, si el usuario no abonó pasajes, se corren cargos. PAGO VOLUNTARIO: PESOS QUINIENTOS CUARENTA ($ 540.-). 2.b.3.a.3- Se procede según punto 2.a.6) y desde allí continúa con igual procedimiento. TIEMPO TIPICO DE DURACION DEL TRAMITE Depende esencialmente del tiempo en que el usuario demore en remitir la documentación y en la lejanía o proximidad del domicilio del testigo a CNRT o a regionales. FUENTE: INFOLEG.

 


Hoy habia 1 visitantes (2 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página!
 
Nombre de usuario:
Contraseña:
 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis